Expediente :
Cuaderno : Principal
Escrito Nº : 01
Sumilla: DEMANDO ACCION DE
HABEAS DATA
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO
CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA:
XXXXXXX con
documento nacional de identidad XXXXXX con domicilio real en XXXX y con domicilio
procesal en XXXXX, a usted atentamente digo:
I. PETITORIO:
Interpongo demanda de Acción de Hábeas data contra
XXXXXX a quien se le notificará en XXXXX; en defensa de mis derechos
constitucionales reconocidos en el inciso 5 artículo 2º de la Constitución
Política del Perú y en el artículo 9º de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, Decreto Supremo 043-2003-PCM a fin de solicitar que la
demandada cumpla con brindar la información relacionada con el carácter
administrativo del servicio:
a) Número de reclamos administrativos de los últimos
años
b) Si cuenta a la fecha con algún sistema de
acreditación.
II. FUNDAMENTOS
DE HECHO:
1. Que
el día 18 de Setiembre del xxxx la accionante se acercó a las instalaciones de
la mesa de partes de la empresa demandada, a solicitar mediante documento me
otorgue la información relacionada con el carácter administrativo del servicio
educativo que brinda la empresa “XXXXXX” consistente en :
a. Número de reclamos administrativos de los últimos
años
b. Si cuenta a la fecha con algún sistema de
acreditación.
Siendo atendida por el personal de la empresa quien se
negó a recibir la documentación manifestando no tener orden de proporcionar
dicha información.
2. Ante
la negativa, con fecha 04 de octubre de XXX, reiteré mi solicitud de
información mediante carta notarial, la misma que fue recepcionada por la mesa
de partes de la empresa demandada el día 10 de Octubre del Xxxx, conforme se
acredita con el cargo original del documento donde consta el sello y fecha de
recepción del documento.
3. Que
han transcurrido más de diez días sin obtener la información requerida mediante
la solicitud remitida notarialmente, configurándose lo dispuesto por el
artículo 62 del Código Procesal Constitucional, atentándose mi derecho
constitucional a la información.
4. Que
el Texto Único Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, Decreto Supremo 043-2003-PCM, publicado en el Peruano el 24
de abril del 2003, establece claramente en su artículo 09º que las personas
jurídicas sujetas al régimen privado que prestan servicios públicos “…están
obligadas a informar sobre las características de los servicios públicos que
prestan, sus tarifas y sobre las funciones administrativas que ejerce”.
5. Asimismo
el articulo I inciso 8 del Título Preliminar de la Ley 27444, Ley de
Procedimientos Administrativos, establece que : “… Para los fines de la
presente Ley, se entenderá por “entidad” o “entidades” de la Administración
Pública: 8. Las personas jurídicas bajo el régimen privado que presta servicios
públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o
autorización del Estado, conforme la normativa de la materia.
6. Como
es sabida la educación, que es el servicio que brinda la empresa demandada está
calificada como un servicio público, conforme al artículo 16 de la Constitución
Política del Estado, que establece que el Estado coordina la política
educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de estudio así como
los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos.
7. Que
la información solicitada a la empresa demandada está relacionada con el
servicio educativo que presta y con la función administrativa que ejerce; toda
vez que la empresa demandada, presta servicio de educación superior del cual se
generan reclamos que son tramitados administrativamente en la propia
institución demandada.
8. Que
mi solicitud de información no atenta la intimidad personal de los
beneficiarios del servicio educativo, protegido por la Constitución Política
del Perú; ya que mi solicitud se refiere a la información estadística de la
función administrativa que ejerce la empresa demandada, en relación al servicio
público que presta, tal como ordena el artículo 9º de la Ley de Acceso a la
información pública – Ley 27806.
9.
De lo expuesto, señor Juez,
sírvase a declarar fundada en todos sus extremos la presente demanda; a fin de
que impere la libertad de información, pilar de un Estado de derecho y de una
sociedad moderna evitando el secretismo de la información pública en manos de
empresas privadas.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Fundamentos nuestra demanda en las disposiciones
normativas que a continuación se detallan:
- Constitución Política del Perú.
- Ley de Acceso a la Información Pública.
- Código Procesal Constitucional
- Demás normas pertinentes.
IV. MONTO DEL
PETITORIO:
Por la naturaleza del petitorio, éste no es
cuantificable en dinero.
V. VIA PROCEDIMENTAL:
La presente demanda
se tramitará por la vía del Proceso Constitucional.
VII MEDIOS PROBATORIOS:
Ofrecemos en calidad de medios probatorios el mérito de
los siguientes documentos:
- Solicitud de información remitida a la empresa con fecha XXX.
- Solicitud remitida notarialmente de fecha XXXXX.
VIII.
ANEXOS:
ANEXO A: Copia Simple del DNI.
ANEXO B: Solicitud
de información remitida a la empresa con fecha XXX.
ANEXO C: Solicitud remitida notarialmente de fecha
XXXXX.
POR
TANTO:
A Usted señor Juez, pido se sirva admitir a trámite la
presente Demanda por ser competente, tener por ofrecido los medios probatorios
y, declararla FUNDADA en todos sus extremos.
Lima,
XXXXXXX.
XXXXXXXXX
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