El comercio electrónico consiste en el intercambio de
bienes y/o servicios utilizando medios electrónicos en por lo menos alguna
etapa de una transacción comercial.
La diferencia fundamental con las formas de comercio
tradicional y la necesidad de replanteos jurídicos surgen a partir del cambio
en la instrumentación de los negocios. Con la utilización de las nuevas
tecnologías en las relaciones comerciales, se abandona el soporte de los
mensajes sobre papel y se lo reemplaza por soportes magnéticos o electrónicos.
En el proceso de evolución del comercio electrónico
pueden diferenciarse dos etapas: una primera etapa de desarrollo práctico,
real, y una segunda etapa de desarrollo teórico, legal.
En la práctica, la expansión del comercio electrónico ocurrió
por la iniciativa de los comerciantes que llevaron sus negocios a la red,
motivados por la expectativa de progreso y ganancias que promete un mercado
global e ilimitado territorial y temporalmente, promocionando y atrayendo a los
potenciales consumidores “virtuales”.
Sin dudas el comercio electrónico es un reflejo del
proceso de globalización mundial de la economía donde el espacio y el tiempo se
desnaturalizan. Pero si bien las tecnologías evolucionan rápidamente, las
costumbres son más reticentes a los cambios, siendo la inseguridad e
incertidumbre en la utilización de los medios electrónicos una de las
principales barreras locales al crecimiento del comercio electrónico.
Se inicia así la segunda etapa del proceso de
evolución del comercio electrónico donde el derecho, como regulador de
conductas humanas, es llamado a conformar el necesario estado de seguridad
jurídica, por ejemplo, ante la hipótesis de un conflicto de intereses generado
por el incumplimiento de obligaciones emergentes de un contrato celebrado
electrónicamente. Sin dudas, un marco legal claro, seguro y predecible, resulta
condición necesaria para robustecer el progreso de cualquier economía en
general, y del comercio electrónico, en particular.
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