SEÑOR JUEZ
ESPECIALIZADO EN LO PENAL DE LIMA.
_________________, en la instrucción que se
me sigue por delito contra la Fe Pública -falsificación de documentos-, en
agravio del Estado, a Ud. digo:
Que al amparo de lo
dispuesto por el artículo cinco del Código de Procedimientos Penales deduzco la
excepción de prescripción por los fundamentos que paso a exponer:
Que se me incrimina haber
hecho un documento falso -partida de nacimiento con el propósito de venderlo
para que lo utilice mi co-inculpado el Sr. ________________.
Que en el supuesto negado
que tal hecho hubiere ocurrido, desde abril de 1992 hasta la fecha han
transcurrido siete años y tres meses, tiempo que supera los plazos de
prescripción que la ley establece para el delito materia de este proceso:
cuatro años, en consecuencia estando a lo estrictamente previsto por los
artículos 80 y 83 del Código Penal en el presente caso ha operado la acción
liberadora del tiempo.
POR
LO EXPUESTO:
Pido a Ud. tener por
deducida esta excepción, tramitarla conforme a su naturaleza y oportunamente
declararla fundada.
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