Contrato de realización de obra y planos arquitectónicos

CONTRATO DE REALIZACIÓN DE OBRA Y PLANOS ARQUITECTÓNICOS

Conste por el presente documento el contrato de realización de obra y planos arquitectónicos, que celebran de una parte AAA, identificada con R.U.C. N° ..........., inscrita en la partida electrónica N° ......... del Registro de Personas Jurídicas de ........, con domicilio en ............................, debidamente representada por su gerente general, don ..........................., identificado con D.N.I. N° ..............., con poderes inscritos en el asiento ............. de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y, de otra parte, BBB, identificado con D.N.I. N° ......... y con C.A.P. N° .......,  de estado civil soltero y con domicilio en ..................., a quien en lo sucesivo se denominará EL ARQUITECTO; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

ANTECEDENTES

CLÁUSULA PRIMERA.- LA EMPRESA es una persona jurídica de derecho privado, constituida bajo el régimen societario de la sociedad anónima, cuyo objeto social es dedicarse a la fabricación de polos y camisas de vestir.

CLÁUSULA SEGUNDA.- Por otro lado, LA EMPRESA declara ser propietaria del terreno ubicado en ......................, cuyo dominio se encuentra inscrito en el asiento ........ de la partida electrónica Nº .............. del Registro de la Propiedad Inmueble de .........., y cuya área, linderos y medidas perimétricas obran registrados en el asiento ......... de la referida partida electrónica, sobre el cual LA EMPRESA ha construido un semisótano, un primer y segundo piso, a fin de destinarlo para su nueva sede institucional.

CLÁUSULA TERCERA.- EL ARQUITECTO es una persona natural, profesional de dicha especialidad, que se dedica habitualmente a la elaboración, dirección y supervisión de proyectos de construcción civil.

OBJETO DEL CONTRATO

CLÁUSULA CUARTA.- Por el presente contrato, EL ARQUITECTO se obliga a realizar, en favor de LA EMPRESA, el desarrollo del proyecto integral de obra (planos de arquitectura, estructuras sanitarias y eléctricas) de los pisos 3ro. y 4to. del inmueble referido en la cláusula segunda, conforme a lo señalado en el presente documento. Asimismo, EL ARQUITECTO se obliga a elaborar los planos de conformidad de obra correspondiente al semisótano, al 1er. y 2do. piso de dicho inmueble, así como de los avances que a la fecha se hayan realizado en el 3er. piso del mismo.

En relación a estos trabajos, EL ARQUITECTO se obliga a conseguir la aprobación por parte de la municipalidad respectiva de los trámites correspondientes a la conformidad de lo construido hasta la fecha, así como la aprobación del proyecto de los pisos 3ro. y 4to.

En contraprestación, LA EMPRESA se obliga a pagar a EL ARQUITECTO el monto de la retribución pactada en la cláusula quinta, en la forma y oportunidad convenidas.

RETRIBUCIÓN: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO

CLÁUSULA QUINTA.- Las partes acuerdan que el monto de la retribución que pagará LA EMPRESA en calidad de contraprestación de los servicios prestados por EL ARQUITECTO, asciende a la suma total de US $ ............. (................. Dólares Americanos).

La referida cantidad será cancelada íntegramente en dinero, en el domicilio de LA EMPRESA y en dos armadas:

-           US $ ........... (................... Dólares Americanos), a pagarse contra la aprobación del anteproyecto por la Municipalidad de ..............

-           US $ ............ (................. Dólares Americanos), a pagarse contra la aprobación del proyecto y liquidación para la obtención de la licencia respectiva.

NATURALEZA DEL CONTRATO

CLÁUSULA SEXTA.- El presente contrato es de naturaleza civil, por lo tanto queda establecido que EL ARQUITECTO no está sujeto a relación de dependencia frente a LA EMPRESA, y en tal sentido aquél tendrá libertad para elegir la forma cómo realizar sus servicios, siempre y cuando no se aparte de lo estipulado en el presente contrato.

PLAZO DEL CONTRATO

CLÁUSULA SÉTIMA.- Siendo el presente contrato de locación de obra, las partes convienen fijar un plazo de duración determinada, dentro del cual EL ARQUITECTO se obliga a cumplir íntegramente con la prestación a su cargo señalada en la cláusula cuarta. Dicho plazo será de ........ (....) días, que se computarán a partir de la fecha de suscripción de este documento.

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS PARTES

CLÁUSULA OCTAVA.- EL ARQUITECTO se obliga a entregar, en el plazo previsto en la cláusula anterior, el proyecto integral del inmueble referido en la cláusula segunda, el mismo que incluye los planos de arquitectura, el proyecto de estructuras y el proyecto de instalaciones eléctricas y sanitarias, debidamente suscritos por profesionales de cada área.

CLÁUSULA NOVENA.- Una vez aprobados los planos arquitectónicos por LA EMPRESA, EL ARQUITECTO se obliga a realizar las gestiones que sean necesarias a fin de obtener la correspondiente aprobación por la Municipalidad Distrital de ..........., hasta obtener la licencia de construcción respectiva. 

CLÁUSULA DÉCIMA.- Igualmente, EL ARQUITECTO se obliga a absolver inmediatamente todas las consultas, dudas, recomendaciones y demás interrogantes que, sobre los planos arquitectónicos elaborados por EL ARQUITECTO, puedan formular LA EMPRESA, el ingeniero de construcción o las demás personas encargadas de la construcción del local referido en la cláusula segunda.

Esta obligación se entenderá vigente inclusive hasta después de terminado el plazo de duración del presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA.- EL ARQUITECTO no podrá ceder a terceros algún derecho que emerge del presente contrato, ni ceder su posición contractual, salvo que cuente con el asentimiento previo, expreso y por escrito de LA EMPRESA, en cuyo caso se suscribirán los documentos respectivos. 

GASTOS Y TRIBUTOS

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA.- Todos los gastos y tributos que se generen como consecuencia de la celebración del presente contrato serán de cuenta de EL ARQUITECTO, salvo los que por ley correspondan a LA EMPRESA.

CLÁUSULA RESOLUTORIA EXPRESA

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por EL ARQUITECTO en las cláusulas cuarta, octava y novena del presente documento, constituirá causal de resolución del presente contrato, al amparo del artículo 1430° del Código Civil. En consecuencia, la resolución se producirá de pleno derecho cuando LA EMPRESA comunique, por carta notarial, a EL ARQUITECTO que quiere valerse de esta cláusula.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de ........, a los ...... días del mes de ........... de 20.......




LA EMPRESA                     EL ARQUITECTO


0 comentarios:

Publicar un comentario