¿Qué trabajadores se encuentran excluidos de la jornada máxima legal?

Se encuentran excluidos de la jornada máxima legal (es decir pueden trabajar más o menos  horas de  las  máximas establecidas por Ley) los trabajadores de dirección (gerentes, directores, etc.), los trabajadores de confianza sin horario, los trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata (aquellos trabajadores que realizan sus labores o parte  de  ellas  sin  supervisión  inmediata  del  empleador,  o  que  lo  hacen  parcial  o totalmente fuera del centro de trabajo, acudiendo a él para dar cuenta de su trabajo y realizar  las  coordinaciones  pertinentes), los  que  prestan  servicios  intermitentes de espera, vigilancia o custodia (quienes regularmente  prestan servicios  efectivos  de manera alternada con lapsos de inactividad).


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