La pluridimensionalidad del fenómeno jurídico

El Derecho se nos presenta siempre como una realidad muy compleja en la que confluyen tres factores diferentes (normas jurídicas o dimensión normativa, hechos concretos o dimensión fáctica, y valores sociales o dimensión valorativa). El Derecho es el conjunto de normas jurídicas que regulan hechos sociales para la defensa de determinados valores.

Esta es la Teoría tridimensional del Derecho formulada por M. Reale, que señala que en la realidad jurídica se dan tres grandes dimensiones complementarias: la dimensión normativa, la dimensión fáctica y la dimensión valorativa; esto es, el Derecho se manifiesta al mismo tiempo como norma, como hecho y como valor.

Dimensión normativa (validez): El Derecho está compuesto por normas, que son expresiones de “deber ser”, esto es, mandatos o reglas de conducta obligatoria. La dimensión normativa del Derecho se manifiesta de manera imperativa: las conductas incluidas en las normas jurídicas pueden ser exigidas coactivamente.

Para que una norma sea válida ha de cumplir los siguientes criterios: tiene que haber sido producida por un órgano competente a través del procedimiento adecuado, no debe de haber sido derogada y no puede entrar en contradicción con normas superiores.

Dimensión fáctica (eficacia): El Derecho regula las relaciones que se producen en el seno de la vida social: esta vida social se caracteriza por hechos económicos, políticos, científicos, etc. “Sólo donde hay sociedad hay Derecho”, pero la vida social también se caracteriza por las normas jurídicas que regulan esos hechos sociales; esto es, el Derecho también es un hecho social como lo es la Economía, Política, etc.

La eficacia de una norma jurídica alude al grado de aceptación y cumplimiento por la sociedad: esto es, si los destinatarios acomodan su conducta a lo prescrito por la norma y si la norma es aplicada por los jueces y demás operadores jurídicos

Según Kelsen, sólo pueden ser calificadas como normas jurídicas válidas aquellas que han alcanzado un cierto nivel de efectividad social. Un sistema jurídico es válido cuando alcanza un cierto grado de eficacia y cumplimiento.

Dimensión valorativa (justicia): El Derecho no es neutral, ya que en el origen de toda norma jurídica está presente siempre un juicio de valor que puede considerarse uno de los elementos originarios del Derecho.

El Derecho impone obligaciones que se orientan hacia la consecución de tales valores. La realización de estos principios o valores proporciona al derecho su legitimación ética. 

La justicia de una norma se refiere a la adecuación de la norma al conjunto de valores. Cuando coinciden las normas con los valores se afirma que la normatividad jurídica es lo suficientemente justa como para que pueda ser reconocida como genuino Derecho, esto es, una norma justa es una norma legítima.

Esta dimensión ha sido plasmada tradicionalmente en la consustancial vinculación del Derecho con la justicia. Mientras la validez y eficacia de las normas son juicios de hecho, la justicia o injusticia de una norma es un juicio de valor (y por tanto subjetivo, como lo son los valores).


0 comentarios:

Publicar un comentario